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LO QUE TENÉS QUE SABER PARA INICIAR TU DIVORCIO

Glocal Abogados.

En primer lugar, el Divorcio es el cierre de una relación que incluye el Vínculo Conyugal y la Sociedad Conyugal. Es decir que, el Divorcio, es la herramienta jurídica para que tu estado civil pase de casado/a a divorciado/a. Esto significa que, desde el inicio del proceso y con la sentencia de divorcio, las obligaciones asumidas por una de las dos partes, ya no incluyen a la otra. La división de la sociedad conyugal supone la división de los bienes adquiridos durante el matrimonio en partes iguales.

Para iniciar la Demanda de Divorcio no tenés que invocar una causa ni esperar plazos, sólo tenés que presentarte con el patrocinio de tu abogado/a ante el Juez competente, que resulta ser el de la jurisdicción del último domicilio de los cónyuges, manifestando tu voluntad de divorciarte. Es importante que tengas en cuenta que, para nuestra Ley, el cónyuge que queda desprotegido económicamente tiene derecho a una compensación.

El Código Civil y Comercial que regula la materia, permite lo que la información periodística llamó divorcio express. Esto, en los hechos, significa que, para iniciar la Demanda de Divorcio, sólo es necesario que uno de los conyugues manifieste su voluntad de divorciarse (art. 437 CCCN).

En GLOCAL ABOGADOS somos especialistas en Derecho de Familia.  Si luego de leer esta nota, decidís iniciar la Demanda de Divorcio tené en cuenta el siguiente plan de acción:

El paso a paso del inicio de la Demanda de Divorcio:

 

  1. Consulta presencial o por teleconferencia con abogado/a Matriculado: Esta etapa es fundamental, en nuestro caso, Glocal Abogados toma conocimiento del caso, plantea la estrategia de trabajo y se acuerda el plan de pagos de inicio y honorarios.
  2. Presentación de documentación y prueba: para iniciar la demanda, la documentacion necesaria se integra con copia DNI, libreta, Acta o Certificado de Matrimonio, Partida de Nacimiento y DNI de los/las hijos/as matrimoniales, fecha y lugar de la celebración del matrimonio, fecha de separación de hecho y último domicilio conyugal en el que convivieron.
  3. Presentación de Demanda de Divorcio: por parte de nuestro equipo legal. Hay dos alternativas:
  • Divorcio por presenta­ción conjunta, también conocido como “de mutuo acuerdo”; aquí ambas partes acuerdan en la demanda el régimen de cuidado, visitas y cuota alimentaria. Es la alternativa más eficiente en relación al tiempo y los costos.
  • Divorcio por presentación unilateral. En este caso no existe acuerdo entre ambas partes. En este caso el divorcio se solicita a instancia de cualquiera de los cónyuges, sin mediar consentimiento del otro. Este proceso, en general, obtiene la sentencia de divorcio (disolución del vínculo conyugal, nueva aptitud nupcial) relativamente rápido y demora más en cuanto al régimen de cuidado, vivitas y alimentos de los hijos de los progenitores, en este caso, lo más habitual, es que se deban abrir procesos específicos de cuidado y alimentos.
  1. Notificación de la Demanda de Divorcio: Si la demanda fue hecha por presentación conjunta, la notificación se realiza de forma espontánea, lo que acelera el proceso notoriamente. Si fue hecha por presentación unilateral, se notifica a la otra parte para que pueda hacer su propuesta reguladora o manifestar su acuerdo con la propuesta de la demanda. La notificación se ha visto agilizada con motivo de la pandemia del virus COVID‑19 y se ha podido notificar por carta documento, telegrama y hasta por whats app.
  2. Apertura a prueba y sentencia: el juez o jueza de familia compulsa la prueba para acreditar los vínculos invocados; hecho esto, procede a la sentencia de divorcio que disuelve el vínculo. Si el divorcio es por presentación conjunta, también se aprueba el régimen de cuidado, visitas y alimentos. Si es por presentación unilateral y no hay acuerdo en el régimen de cuidado y alimentos, la sentencia declara el divorcio disuelve el vínculo y se abre la etapa de conciliación entre las partes para acordar la comunicación y los alimentos.
  3. Inscripción del Divorcio cumplimiento del Régimen de Cuidado, Comunicación y Alimentos: una vez firme la sentencia de divorcio, se procede a inscribir el divorcio en el Registro Nacional de las Personas para hacer pública la nueva aptitud nupcial.
  4. Finalizado el proceso de Divorcio: comienza una nueva etapa de la vida, con el vínculo conyugal disuelto, los bienes repartidos y losalimentos y cuidado y comunicación de los hijos menores de edad acordado.