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Nuevas medidas de restricción a la circulación en el marco de la pandemia

EL “TOQUE DE QUEDA SANITARIO” EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

EL PODER EJECUTIVO NACIONAL APROBÓ EL DECRETO 04/2021 “CONDICIÓN EPIDEMIOLÓGICA Y EVALUACIÓN DE RIESGO: MEDIDAS A FIN DE PROTEGER LA SALUD PÚBLICA.”

El artículo 2 del Decreto delega en las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de tomar las medidas tendientes a evitar situaciones que puedan favorecer la propagación de contagios de COVID-19. Para ello, deberán priorizar la limitación de la circulación en el horario nocturno, dado que, a partir de la experiencia nacional e internacional, se ha podido determinar que las actividades que conllevan alto riesgo de transmisión son las que implican contacto estrecho prolongado en espacios cerrados con escasa ventilación o abiertos que involucran la concentración de personas, actividades que dificultan el uso de tapabocas/ nariz y el mantenimiento de la distancia física.

 

Estas medidas han sido llamadas por los medios de comunicación “Toque de queda sanitario.” En la provincia de Buenos Aires el gobierno dispuso una serie de medidas que entraron en vigencia el lunes 11 de enero a partir de las 01.00 horas.

ES OPORTUNO SEÑALAR QUE, MÁS ALLÁ DEL NOMBRE MEDIÁTICO, NO SE TRATA, EN RIGOR DE UN TOQUE DE QUEDA O DE UN ESTADO DE SITIO. COMO SE VE MÁS ABAJO, SE TRATA DE MEDIDAS QUE RESTRINGEN LA CIRCULACIÓN AL PERSONAL NO ESCENCIAL Y REGULA LOS ENCUENTRO SOCIALES.

 EN NINGÚN CASO SE SUSPENDEN LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES. POR ELLO, UN EXCESO O ABUSO DE AUTORIDAD EN SU APLICACIÓN GENERA RESPONSABILIDADES LEGALES EN LAS AUTORIDADES QUE SE EXCEDAN EN SU FACULTADES.

 

¿QUÉ MEDIDAS SE TOMARON EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES?

  • Continuar empleando el sistema de fases vigente para la habilitación de actividades y servicios en los 135 distritos de la provincia, de acuerdo con su situación epidemiológica y sanitaria. En la actualidad 17 municipios se encuentran en Fase 5, 109 en Fase 4 y 9 en Fase 3.
  • En los municipios que se encuentran en fases 3 y 4 se suspenderá entre las 01.00 y las 06.00 horas toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente.
  • Reducir las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos.
  • Restringir el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.
  • Reforzar todos los controles, tanto provinciales como municipales, para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas. Las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22.00 a 06.00 horas exclusivamente para este tipo de delitos.
  • Habilitar a las autoridades municipales el control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020 y modificatorios, y la aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias.

 

MULTAS EN CASO DE NO CUMPLIR CON LAS MEDIDAS:

En el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.

EN CASO DE ABUSO O EXCESO DE LA AUTORIDAD EN LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS AUTORIZADAS POR EL DECRETO 04/2020 DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y CABA, CONSULTÁ A GLOCAL ABOGADOS PARA EJERCER TUS DERECHOS Y HACER CESAR EL ABUSO O EXIGIR SU REPARACIÓN.